La orden ejecutiva «Prohibición de viajar»: la decisión de hoy por el Noveno Circuito y más allá

El 27 de enero de 2017, el Presidente emitió una Orden Ejecutiva (OE) titulada «Protegiendo a la Nación de la entrada de terroristas extranjeros en los Estados Unidos». La OE hace muchas cosas, incluyendo la suspensión de la entrada a Estados Unidos de personas de Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen. La OE también suspende la entrada de todos los refugiados a los Estados Unidos.

El 3 de febrero de 2017, un juez federal en Seattle emitió una orden de restricción temporal (TRO) de la OE, con cobertura nacional. Como su nombre indica, la TRO es temporal, no permanente. El caso sigue pendiente en la corte de Seattle.

El gobierno federal apeló la TRO al Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. Un panel de tres jueces escuchó la apelación. Uno de los jueces fue nombrado por el presidente Jimmy Carter, un demócrata. Uno de los jueces fue designado por el presidente George W. Bush, republicano. Y uno de los jueces fue designado por el presidente Barack Obama, un demócrata.

Hoy, el Noveno Circuito emitió una decisión unánime, rechazando los argumentos del gobierno federal, y dejando la TRO en el lugar.

El Noveno Circuito concluyó que tiene jurisdicción, o autoridad legal, para oír la apelación.

El Noveno Circuito concluyó que los estados de Washington y Minnesota tienen «standing» en este caso. Esto significa que el Noveno Circuito concluyó que los estados básicamente tienen una base legal para presentar su reclamo, porque la prohibición de viajar perjudica intereses que son importantes para los estados, especialmente las habilidades de ciertas personas para ingresar a los Estados Unidos para enseñar e investigar en Universidades estatales.

El Noveno Circuito concluyó que los tribunales tienen la autoridad para revisar la legalidad de la OE.

El Noveno Circuito declaró que para que el gobierno federal gane la apelación, debe mostrar (principalmente) dos cosas: (1) que es probable que el gobierno federal tenga éxito en los principales argumentos del caso cuando regrese al tribunal de distrito Para su posterior revisión; Y (2) que el gobierno federal será «herido irreparablemente» si la TRO permanece en su lugar.

El Noveno Circuito pasó la mayor parte de la decisión sobre si el gobierno federal es probable que tenga éxito en los méritos del caso, y se centró en la Cláusula del Debido Proceso (“Due Process”) de la Constitución. La Cláusula del Debido Proceso establece que el gobierno no puede privar a los individuos de su vida, libertad o propiedad, sin el debido proceso legal. El Noveno Circuito afirmó que el gobierno no puede quitar estos derechos sin dar a las personas afectadas «la oportunidad de presentar razones para no proceder con la privación y hacer que se consideren».

El gobierno federal está de acuerdo en que la OE no proporciona a las personas afectadas ninguna oportunidad de impugnar la prohibición. El argumento del gobierno federal es que las personas afectadas por la OE no tienen ningún derecho bajo la Cláusula de Debido Proceso de la Constitución.

El Noveno Circuito rechazó el argumento del gobierno federal. El Noveno Circuito declaró que la Cláusula del Debido Proceso no se limita a los ciudadanos de los Estados Unidos. Refiriendo a un caso del Tribunal Supremo de los EEUU, Zadvydas v. Davis, 533 U.S. 678, 693 (2001), el Noveno Circuito declaró que la Cláusula del Debido Proceso «se aplica a todas las personas dentro de los Estados Unidos, incluidos los extranjeros, sin importar si su presencia aquí es lícita, ilegal, temporal o permanente».  El Noveno Circuito afirmó además que estos derechos «también se aplican a ciertos extranjeros que intentan reingresar a los Estados Unidos después de viajar al extranjero», citando otro caso del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Landon v. Plasencia, 459 U.S. 21, 33-34 (1982).

El Noveno Circuito resumió los argumentos de Washington y Minnesota en cuanto a la afirmación de que la OE discrimina a las personas por motivos de religión, en violación de la Primera Enmienda de la Constitución, que prohíbe cualquier ley que respete un establecimiento de religión. El Noveno Circuito decidió no basar la decisión de hoy en el argumento de discriminación religiosa.

El Noveno Circuito, en una decisión unánime, negó la solicitud del gobierno federal de suspender la TRO. Esto significa que la orden del juez suspendiendo la OE permanece en su lugar por ahora.

No está claro qué hará ahora la Casa Blanca. La Casa Blanca podría decidir apelar esta decisión ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. En este momento, el Tribunal Supremo tiene 8 jueces. Si el Tribunal Supremo termina en un empate 4-4, entonces la decisión del Noveno Circuito permanecerá en su lugar, lo que significaría que el EO permanecería suspendido.

Es importante recordar que la decisión del Noveno Circuito de hoy es sólo acerca de si la TRO – la orden temporal de restricción – debe permanecer en su lugar. El caso, en algún momento, probablemente regresará a la corte federal del distrito en Seattle para un conjunto más completo de argumentos sobre la legalidad de la OE.

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