Tribunal bloquea la regla de “carga pública” de Trump

El 29 de julio de 2020, un tribunal federal bloqueó la nueva regla de “carga pública” de la Administración Trump.

En publicaciones anteriores, hemos discutido la nueva regla y sus efectos dañinos en miles de personas que han solicitado recientemente el estatus de residente permanente.  Cualquiera que haya tenido que preparar una solicitud para el estatus de residente permanente bajo la nueva regla de “carga pública” sabe la enorme cantidad de trabajo involucrada, la necesidad de proporcionar una gran cantidad de datos financieros personales muy sensibles al USCIS y la frustración de enfrentar otra enorme obstáculo al estatus legal que ha creado la Administración Trump.

Bueno, por ahora, al menos, el obstáculo de la “carga pública” ha quedado en suspenso, tanto para las personas que solicitan el estatus de residente permanente en los Estados Unidos, ante el USCIS, como para las personas que solicitan visas de inmigrante en los consulados de los Estados Unidos en todo el mundo.

El juez George McDaniels, juez del Tribunal de Distrito de los EE.UU. para el Distrito Sur de Nueva York, emitió dos opiniones separadas que bloquean la implementación de la nueva regla de “carga pública”:  una decisión afecta al USCIS, mientras que la otra decisión afecta al Departamento de Estado, que administra embajadas y consulados de Estados Unidos en todo el mundo.  El principal razonamiento detrás de las decisiones del juez fue el efecto negativo que la nueva regla tuvo en las personas que luchan por mantener la salud y la seguridad durante la pandemia de coronavirus.

El juez indicó que la nueva regla de carga pública sembró el temor entre los inmigrantes de que la nueva regla los etiquetaría como “carga pública” si obtenían atención médica u otros beneficios relacionados con la lucha contra el coronavirus.  El juez concluyó que la nueva regla de carga pública perjudicó a los Estados Unidos ya los inmigrantes que estaban tomando decisiones que creían que los ayudarían a evitar problemas de “carga pública” pero que los pondría en mayor riesgo de daño como resultado del Coronavirus.

Se espera que la Administración Trump apele los fallos del juez.  Pero por ahora, tanto USCIS como el Departamento de Estado han indicado que ya no están implementando las nuevas reglas de “carga pública”.

Consulados de EE.UU. implementan la nueva regla de carga pública

El lunes 24 de febrero de 2020, el Departamento de Estado de EE.UU. implementará nuevas políticas relacionadas con la regla de carga pública de la Administración Trump.  La nueva política entrará en vigencia en todo el mundo el 24 de febrero de 2020.

Los solicitantes de visas de inmigrantes ahora deberán completar un formulario adicional, llamado DS-5540.

El Departamento de Estado de EE.UU. también ha modificado las secciones del Manual de Asuntos Exteriores (FAM) relacionadas con la inadmisibilidad de la carga pública.

El nuevo formulario solicita la siguiente información sobre el solicitante de visa de inmigrante:

  • Si actualmente tiene seguro de salud en los Estados Unidos
  • Si estará cubierto por un seguro de salud en los Estados Unidos dentro de los 30 días de su ingreso a los Estados Unidos con su visa de inmigrante
  • Miembros de su hogar y si están empleados
  • Información sobre sus declaraciones de impuestos federales en los últimos 3 años
  • Su ingreso actual
  • Si tiene un trabajo esperándolo en los Estados Unidos, el nombre del empleador y el ingreso anual propuesto
  • Sus bienes
  • Sus deudas
  • Beneficios públicos que recibió el 24 de febrero de 2020 o después
  • Su nivel educativo
  • Sus habilidades laborales

Hay al menos una demanda que desafía la implementación de la regla de carga pública por parte del Departamento de Estado de EE.UU.  Por ahora, se requiere para los solicitantes de visa de inmigrante.

Trump amplía la prohibición de viajar

El 31 de enero de 2020, el presidente Trump agregó seis países más, cuatro en África, a la prohibición de viajar existente implementada en 2017.  Los países que se agregaron a la prohibición de viajar son Nigeria (la nación más poblada de África), Sudán, Tanzania, Eritrea, Myanmar, y Kirguistán

Los inmigrantes de Nigeria, Myanmar, Eritrea y Kirguistán no podrán obtener visas de inmigrante a los Estados Unidos, mientras que los inmigrantes de Tanzania y Sudán no calificarán para la lotería de visas de diversidad.  Según The Hill, “Cuatro de los seis países afectados se encuentran en África y representan el 25 por ciento de la población del continente.  Los seis tienen importantes poblaciones musulmanas”.

La expansión de la prohibición de viajar no afecta la emisión de visas de no inmigrante, visas emitidas para turistas, estudiantes, trabajadores temporales y otros.

Los Estados Unidos argumenta que la prohibición de viajar es necesaria para garantizar que los países cumplan con los requisitos de seguridad para viajar a los Estados Unidos.  Sin embargo, la Administración no ha podido responder una pregunta importante: si la prohibición de viajar es para proteger a los ciudadanos estadounidenses de posibles daños, ¿por qué la prohibición de viaje ampliada permite visas de no inmigrantes de los países prohibidos?

Si una persona quisiera infligir daño a los Estados Unidos de alguna manera, ¿elegiría solicitar una visa de inmigrante (que implica un proceso de solicitud mucho más restrictivo y prolongado), o una visa de no inmigrante, que es relativamente más fácil de obtener?  La decisión de la Administración de continuar emitiendo visas de no inmigrante a los solicitantes de los países recientemente prohibidos contradice directamente la supuesta justificación para la expansión de la prohibición de viajar, para proteger a los estadounidenses.

Esta prohibición continuará resultando en la separación de los ciudadanos estadounidenses y sus familias.  Los cónyuges, hijos, padres y hermanos de ciudadanos estadounidenses están sujetos a la prohibición.  Los inmigrantes que han estado esperando meses o incluso años para reunirse con sus seres queridos en los Estados Unidos continuarán sufriendo períodos más largos de separación y efectos devastadores.

Los inmigrantes sujetos a la prohibición pueden solicitar exenciones.  Esas exenciones, sin embargo, son altamente discrecionales y decididas por los consulados de EE.UU.  Según el Washington Post, desde el lanzamiento de la prohibición inicial de viajes, solo el 10 por ciento de las exenciones se han otorgado desde 2017.

Muchos defensores y políticos continúan hablando en contra de la prohibición de viajar dada la razón poco clara de la administración de por qué ciertos países se agregan a la lista.  La senadora Kamala Harris declaró recientemente: “Las prohibiciones de viaje de Trump nunca se han basado en la seguridad nacional: se trata de discriminar a las personas de color … Sin duda, se basan en ideologías anti-inmigrantes y supremacistas blancos”.

Es probable que la prohibición tenga un efecto en la economía estadounidense.  Según el New York Times, “un año después de que la administración Trump anunció que un pilar importante de su nueva estrategia para África era contrarrestar la creciente influencia de China y Rusia mediante la expansión de los lazos económicos con el continente, cerró la puerta a Nigeria, la mayor economía del continente”.

Nuevo requisito de seguro de salud para una visa de inmigrante

NOTA: Las órdenes judiciales federales han bloqueado temporalmente la implementación de esta regla. Tendremos que estar atentos para averiguar cómo los tribunales resuelven el problema.

La Administración Trump anunció recientemente una “proclamación presidencial” que entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2019.  La proclamación requiere que ciertas personas demuestren que obtendrán un seguro de salud dentro de los 30 días de ingresar a los Estados Unidos, o que tienen suficiente dinero para cubrir sus costos de atención médica.  El nuevo requisito solo afecta a ciertas personas que solicitan visas de inmigrante en consulados estadounidenses fuera de los Estados Unidos.  Las personas que obtienen visas de inmigrante se convierten en residentes permanentes al ingresar a los Estados Unidos.

¿Quién no está sujeto a la nueva regla?

Primero, hablemos de las personas que no se verán afectadas por este nuevo requisito.  La proclamación no afecta:

  • personas menores de 18 años, a menos que estén acompañando a un padre or madre que también está solicitando una visa de inmigrante y que está sujeto a la proclamación
  • hijos de ciudadanos estadounidenses
  • personas adoptadas por ciudadanos estadounidenses
  • padres de ciudadanos estadounidenses, siempre que el “patrocinador demuestre a satisfacción del funcionario consular” que su atención médica “no impondrá una carga sustancial” en el sistema de atención médica de EE.UU.
  • personas que no solicitan visas de inmigrante.

¿Cómo cumplen los solicitantes el nuevo requisito?

Los solicitantes de visas de inmigrantes que están sujetos a la nueva regla deben convencer al funcionario consular de que cumplen con los requisitos de atención médica.  No está claro si el Departamento de Estado de EE.UU. establecerá estándares basados ​​en la proclamación.

Para cumplir con la regla, los solicitantes deberán demostrar (a) que estarán cubiertos por una póliza de seguro de salud aprobada dentro de los 30 días posteriores a su ingreso a los Estados Unidos, o (b) que tengan suficiente dinero para pagar “gastos médicos razonablemente previsibles”.

La proclamación enumera una variedad de planes de atención médica que calificarían, que incluyen:

  • un plan patrocinado por el empleador
  • el plan de un miembro de la familia
  • un plan sin subsidio del mercado individual
  • un plan a corto plazo que sea efectiva por al menos 364 días
  • un plan catastrófico
  • un plan ofrecido por las Fuerzas Armadas de EE.UU.
  • un plan bajo el Programa Medicare
  • cualquier otro plan que brinde “cobertura adecuada” según lo determinen los funcionarios estadounidenses

Tendremos que esperar y ver cómo los consulados de EE.UU. manejan esta nueva regla, a partir del 3 de noviembre de 2019.

Los perdones provisionales por la presencia sin permiso

Si usted ingresó a los Estados Unidos sin inspección y ha llegado a ser elegible para una estatus de residencia permanente (tarjeta verde) basado en la familia, posiblemente tenga que salir de los Estados Unidos y regresar a su país de origen para una entrevista en el consulado o la embajada.   Hay algunas excepciones al requisito de salir de los Estados Unidos.  El oficial que realice la entrevista le puede ordenar quedarse en su país por 3 años (si usted ha estado presente en los Estados Unidos sin autorización por más de 180 días pero menos de un año), o 10 años (si usted ha estado presente en los Estados Unidos sin autorización por más de un año).  Estas sanciones son conocidas como los castigos por la presencia sin permiso de 3-años y 10-años.  Si se le encuentra inadmisible para regresar a los Estados Unidos, usted puede solicitar un perdón, el cual es como pedir un perdón legal.  Si su solicitud es aprobada, su castigo de 3-años o 10-años no se aplicará.

La ley le permite solicitar un perdón después de que se apruebe su petición de I-130 y antes de ir al extranjero para una entrevista en su país de origen.  Obtener aprobaciones de perdones es complicado, y recomendamos que usted pida la asistencia de un abogado de inmigración para ayudarle con el proceso.  Si se aprueba su perdón, usted puede salir de los Estados Unidos, ir a la entrevista, y si el oficial consular aprueba su visa de inmigrante, usted puede regresar a los Estados Unidos y convertirse en residente legal permanente.

Ahora, la pregunta es, ¿Es usted elegible para un perdón provisional por la presencia sin permiso?

  • ¿Tiene usted al menos 18 años?
  • ¿Está presente físicamente en los Estados Unidos?
  • ¿Tiene un pariente inmediato calificado para hacer una petición para usted? Esto sería un/a ciudadano/a americano/a o residente permanente quien es su esposo/a, su madre o padre si usted es soltero/a y tiene menos de 21 años, o su hijo/a si tiene 21 años o má
  • ¿Puede probar que su esposo/a, madre o padre quien es residente permanente o ciudadano/a americano/a sufrirá el sufrimiento extremo si usted es inadmisible a regresar a los Estados Unidos?
  • ¿Es inadmisible por razones criminales, fraudes, u otras?

Si usted contestó sí a las cuatro primeras preguntas y no a la última, usted probablemente puede solicitar un perdón.  Si usted está en procedimientos de deportación, puede solicitar el perdón sólo si su caso se ha cerrado administrativamente.  Le aconsejamos que usted solicite su perdón tan pronto como sea posible, antes de que su caso se vuelva a programar.

Por favor, note que, a fin de que sea elegible para este tipo de perdón, usted tiene que tener un/a esposo/a, madre o padre quien es ciudadano/a americano/a o residente legal permanente (titular de la tarjeta verde).

El aspecto más importante del perdón es demonstrar que su pariente calificado o parientes calificados van a sufrir el sufrimiento extremo si permanecen en los Estados Unidos sin usted o si lo siguen a su país de origen durante el período del castigo de 3-años o 10-años.

Lo que sigue son algunos ejemplos del sufrimiento que su pariente calificado posiblemente vaya a experimentar si él o ella se queda en los Estados Unidos sin usted durante castigo de 3-años o 10-años: Él o ella depende económicamente de sus ingresos y no podrá proveer para el hogar si usted está en el extranjero,  él o ella tiene una condición médica y depende de su cuidado, él o ella cuida para un pariente y no podrá seguir cuidando de esa persona sin el apoyo de usted, o usted es cuidador/a del hijo/a o hijos de su pariente calificado, y su pariente no puede pagar el cuidado de los niños si usted está en el extranjero.

En el caso de que su pariente le siga a su país de origen, usted tendrá que mostrar, por ejemplo, que la condición médica de su pariente no será bien tratada o será demasiado costosa de tratar en su país, su pariente no sabe el idioma de su país de origen, él o ella es cuidador/a primario/a de un familiar enfermo/a dentro de los Estados Unidos, su pariente no podrá trabajar o probablemente recibirá el salario mínimo en su país,  él o ella no podrá seguir con su educación en su país, él o ella tiene hijos de un matrimonio anterior a quienes no se les permitirán vivir con usted o visitarlo/a por cuestiones de custodia, él o ella tiene deuda en los Estado Unidos que no se puede pagar en su país, o, por último, si bien no menos importante, su país tiene un alto índice de violencia o está en guerra.  Puede pensar en otros tipos de dificultades financieras, médicas, emocionales o relacionadas con la seguridad para su solicitud de perdón.

Hasta la fecha, nuestra oficina ha obtenido 47 aprobaciones de perdón, incluidas 3 solicitudes que USCIS rechazó inicialmente, pero que luego aprobó en apelación.  Los 47 clientes recibieron aprobaciones de perdón.  Aunque no podemos predecir si USCIS aprobará una solicitud de perdón, tenemos un sólido historial de éxito.

Proceso Consular: La aplicación para la residencia permanente desde fuera de los Estados Unidos

Para algunas personas que desean convertirse en residentes permanentes de los Estados Unidos, su mejor opción es hacer “el proceso consular” – asistir a una entrevista en un consulado de EE.UU. en otro país. Por ejemplo, si Ud. vive fuera de los Estados Unidos, o si Ud. no es elegible para aplicar para la residencia permanente desde el interior de los Estados Unidos, Ud. podría ser elegible para el proceso consular en un consulado de EE.UU. – lo más probable el consulado en su propio país.

Bajo la sección “Recursos” de nuestro sitio web, tenemos algunos documentos breves que describen distintos aspectos de la Ley de Inmigración.