Estados Unidos comienza a recolectar ADN de personas en las fronteras

Los funcionarios de inmigración de EE.UU. han comenzado a recolectar muestras de ADN de personas en las fronteras.  Anunciado en octubre de 2019, el programa de recolección de ADN se está implementando como piloto en dos ubicaciones: Detroit, Michigan y Eagle Pass, Texas.  Bajo el nuevo programa, las personas que están bajo custodia de inmigración con Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) pueden estar sujetas a pruebas de ADN, que pueden ejecutarse a través de bases de datos criminales.

La información biométrica también se almacenará en un perfil creado dentro de una base de datos criminal en poder del FBI.  Los programas piloto en ciertos lugares fronterizos recolectarán ADN de personas, tengan o no antecedentes penales.  La colección de ADN incluirá adolescentes, algunos ciudadanos estadounidenses y algunos titulares de la tarjeta verde.

Los opositores del programa citan serias preocupaciones de privacidad y afirman que la recolección de ADN se está transformando de una herramienta para investigaciones criminales en intrusiva “vigilancia de la población”.

CBP afirma que el programa piloto permanecerá activo durante 90 días.  CBP obtendrá muestras de ADN de personas entre las edades de 14 y 79 años que crucen a Detroit, Michigan y Eagle Pass, Texas.

El programa está programado para ser lanzado en cinco etapas.  Con la primera etapa ya en progreso, se afirma que la recolección de ADN se recolecta solo de individuos con cargos penales y personas remitidas para enjuiciamiento.  La recolección de ADN está dirigida a personas, sin embargo, los ciudadanos estadounidenses y los titulares de la tarjeta verde también pueden estar sujetos a la recolección de muestras de ADN.

Las siguientes cuatro fases expandirán los recursos necesarios para permitir que más fronteras comiencen el muestreo de ADN y amplíen los esfuerzos de recolección.  El alcance completo del programa aún no se ha decidido, pero es posible que después de la quinta etapa, los funcionarios consideren expandir drásticamente el alcance de aquellos sujetos a pruebas de ADN en la frontera.

Nuevas restricciones propuestas a los solicitantes de asilo

El 18 de diciembre de 2019, la administración Trump propuso un reglamento que incluye nuevas razones para prohibir a los migrantes solicitar asilo en los Estados Unidos.  La propuesta pasará por un período de comentarios públicos antes de que se finalice.  La nueva regulación agregaría más restricciones para los migrantes además de las políticas actuales promulgadas por la administración en los últimos años.

La regulación propuesta está siendo descrita por el Departamento de Justicia y el Departamento de Seguridad Nacional como un método para proporcionar más recursos a los casos de asilo llenados por extranjeros no criminales.

Las leyes actuales prohíben que los migrantes obtengan asilo si han cometido delitos graves como asesinato, violación y tráfico de drogas.  Las nuevas reglas agregan algunos delitos mayores y algunos delitos menores menos graves a la lista de crímenes que descalificarían a los solicitantes de asilo.  Los delitos descalificadores adicionales incluyen:

  • una condena por cualquier delito grave en virtud de la ley federal o estatal
  • contrabando o albergue de extranjeros
  • reingreso ilegal a los Estados Unidos
  • una condena por cualquier ley que involucre actividades criminales de pandillas callejeras
  • conducir bajo la influencia de un intoxicante
  • una condena por cualquier ley sobre violencia doméstica
  • un hallazgo de que una persona ha participado en violencia doméstica, incluso sin una condena
  • identificación falsa
  • recibo ilegal de beneficios públicos
  • posesión de una sustancia controlada o parafernalia

Si bien algunos de los delitos descalificadores adicionales son delitos graves, otros son mucho menos graves, como el uso de una identificación falsa y conducir bajo la influencia.  Algunos actos delictivos ni siquiera requerirían una condena para que se les prohíba el asilo, como ser encontrado por un juez de participación en violencia doméstica.

En un sistema de inmigración que ya es desafiante, un pequeño lapso de juicio podría tener complicaciones que alteran la vida de los solicitantes de asilo que intentan ingresar legalmente a los Estados Unidos.

Trump propone recolectar ADN de no ciudadanos

El 22 de octubre de 2019, el Departamento de Justicia de EE.UU. publicó una regla propuesta en el Registro Federal que enmendaría las regulaciones para exigir el muestreo de ADN de cientos de miles de no ciudadanos.  Específicamente, esta regla requeriría la recolección de ADN de “individuos arrestados, acusados ​​o condenados, y de personas no estadounidenses que están detenidas bajo la autoridad de los Estados Unidos”.

Los residentes legales permanentes y otros inmigrantes que ingresen legalmente al país no estarán sujetos a esta regla.  El Procurador General William Barr emitió la regla “con la expectativa de que las autoridades federales recopilarán información de ADN sobre aproximadamente 748,000 inmigrantes anualmente, incluidos los solicitantes de asilo que se presentan en los puertos legales de entrada”.

Los defensores de los inmigrantes temen que esta regla tenga implicaciones para los familiares estadounidenses de individuos cuyas huellas digitales se toman.  Naureen Shah, abogada principal de defensa y políticas de la ACLU, dijo que la recolección de ADN es “la información más íntima que puede obtener de alguien”. Es información que puede utilizar para encontrar a sus familiares, para conocer sus historias. Y lo vamos a tomar de las personas en contra de su voluntad”.

El Departamento de Justicia espera enviar el ADN recolectado de los no ciudadanos a una base de datos del FBI que contenga el ADN de las personas que han sido condenadas por delitos en un intento de que se resuelvan más delitos.  Este objetivo ha sido denunciado por defensores de inmigrantes que señalan estudios que demuestran que el aumento del flujo de inmigrantes indocumentados a los Estados Unidos no conduce a un aumento en el crimen.

Esta regla está sujeta a un período de comentarios de 20 días que probablemente sea criticado por los defensores de inmigrantes.  Los esfuerzos de la Administración Trump para dañar a los inmigrantes son tan activos como siempre, y esta regla es solo uno de los muchos ejemplos de este ataque.

La marihuana legalizada y las consecuencias de la inmigración

Varios estados han iniciado el proceso de legalización del uso de la marihuana.  En noviembre de 2018, Michigan aprobó una propuesta que permite que la marihuana se regule de manera similar al alcohol.

La posesión de marihuana, sin embargo, sigue siendo un delito federal y puede llevar a varias consecuencias de inmigración.  Con la inmigración, lo que cuenta es la ley federal.  Incluso si la conducta está permitida por la ley estatal, se le puede negar la entrada a los Estados Unidos a un no ciudadano que admite a un funcionario de inmigración que ha tenido marihuana, se le puede negar su solicitud de ajuste de estado o naturalización, o incluso se le puede encontrar deportable.  Esto incluye la posesión de marihuana con fines médicos.

Los no ciudadanos pueden ser declarados inadmisibles si han sido condenados o admiten haber cometido una violación de cualquier ley relacionada con una sustancia controlada.  Esto incluye la posesión de marihuana.

Existe un perdón estrecho para este problema, pero solo para una ofensa de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana, y el no ciudadano debe cumplir con otros requisitos estrictos para calificar para este perdón.

E incluso un no ciudadano que ha sido admitido en los Estados Unidos, por ejemplo, como residente permanente, visitante o estudiante, puede ser deportado por cualquier delito relacionado con las drogas, excepto por una sola ofensa relacionada con la posesión para uso personal de 30 gramos o menos de marihuana.

Para los no ciudadanos, es muy importante entender las consecuencias de la posesión de marihuana.  Los no ciudadanos deben tener cuidado cuando un funcionario de inmigración o un médico les pregunten sobre el uso de la marihuana en una entrevista de visa médica.  Como se describió anteriormente, el mero hecho de admitir la posesión de marihuana puede resultar en la inadmisibilidad de los Estados Unidos.

Si usted es inadmisible en los Estados Unidos y está solicitando la entrada al país, no se le permitirá ingresar al país a menos que califique para un perdón y posteriormente se le apruebe para dicho perdón.  Si solicita un ajuste de estado y se le considera inadmisible, su solicitud será denegada a menos que califique y también obtenga una aprobación del perdón.

Para los solicitantes de naturalización, también es importante comprender las consecuencias que la posesión de marihuana trae consigo.  El USCIS podría negar la solicitud de naturalización de un residente permanente que tiene solo una condena por simple posesión de marihuana para uso personal en los últimos cinco años.

Los no ciudadanos deben prestar atención cuando se trata de la posesión de marihuana.  Incluso si vive en un estado donde el uso de la marihuana está legalizado, aún podría enfrentar graves consecuencias migratorias porque la posesión de marihuana sigue siendo un delito federal.

La Visa U para Víctimas de Delitos

Los inmigrantes que se encuentran a sí mismos como víctimas de delitos a menudo enfrentan traumas físicos y mentales de larga duración. Si usted es un inmigrante indocumentado que ha sido víctima de un delito, puede ser elegible para una visa U. La visa U es una visa de no inmigrante disponible para las víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso mental o físico y que ayudan a las autoridades policiales en la investigación y / o enjuiciamiento del delito.

Para ser elegible para una visa U, debe haber sido víctima de un crimen calificado. Además, debe haber sufrido un abuso físico o mental considerable como resultado de ser la víctima. También debe tener información sobre el acto criminal y ha sido, es o es probable que sea útil para hacer cumplir la ley durante la investigación y / o el enjuiciamiento. Si es menor de 16 años, o si tiene una discapacidad que afecta su capacidad para contribuir al caso, un padre, tutor o amigo que habla en su nombre pero que no forma parte del caso puede ayudarlo con la investigación o enjuiciamiento en su nombre. Ser elegible para la visa U también requiere que el delito del que usted fue víctima haya ocurrido en los Estados Unidos o haya violado las leyes de los Estados Unidos. Por último, debe ser admisible en los EE. UU., Lo que significa que la ley le permite permanecer en el país. Si usted es inadmisible, hay un perdón que puede solicitar con la ayuda de un abogado de inmigración al mismo tiempo que solicita la visa U.

Si cumple con los requisitos descritos anteriormente, puede solicitar la visa U tanto dentro como fuera de los EE. UU. Muchas personas solicitan la visa U, pero solo 10,000 personas pueden recibirla cada año. Si 10,000 personas reciben sus visas U antes de que termine el año, el USCIS colocará a los solicitantes restantes en una lista de espera para el próximo año.

Como resultado de la cantidad limitada de visas U disponibles y la gran cantidad de solicitantes, hay una gran cantidad de casos pendientes. Después de presentar una solicitud de visa U, en la actualidad se tarda aproximadamente 4 años o más en saber si incluso ha hecho la lista de espera. Si hace la lista de espera, es posible que tenga que esperar varios años más para finalmente recibir su visa U.

También hay ciertos riesgos que los solicitantes de visa U enfrentan a la luz de esta administración actual. En el pasado, los solicitantes de la visa U rara vez eran detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), y si se le negaba la visa U, por lo general, no corría el riesgo de ser deportado. Sin embargo, desde las elecciones de 2016, esto ha estado cambiando rápidamente.

Ha habido incidentes en que ICE detuvo a inmigrantes que sabían que eran víctimas de delitos antes de que los inmigrantes tuvieran la oportunidad de solicitar una visa U. Además, al solicitar una visa U, los inmigrantes informan al gobierno de los Estados Unidos de su presencia ilegal en el país. En abril de 2018, ICE informó que estaban pendientes alrededor de 122,000 solicitudes de visa U. Todas estas personas están en riesgo de ser colocadas en un proceso de deportación. Si su solicitud está pendiente y usted está en proceso, es a discreción del juez de inmigración decidir si él o ella demorará o no su proceso de remoción mientras la solicitud de la visa U esté pendiente. Además, si no se lo somete a un procedimiento mientras su solicitud está pendiente, es probable que se lo inicie si su solicitud es denegada. Esto era raro en el pasado, pero con la administración actual, más y más solicitantes rechazados están siendo colocados en procedimientos de remoción. Si se pregunta si vale la pena arriesgarse a solicitar la visa U, comuníquese con un abogado de inmigración. El abogado revisará su caso y lo asesorará en la dirección correcta.

Si un inmigrante tiene éxito en obtener una visa U, hay muchos beneficios. Primero, si usted es víctima de un delito que solicita una visa U, puede solicitar que algunos miembros de su familia también obtengan visas U. Si tiene menos de 21 años y tiene una visa U, puede solicitar a su cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18 años. Si tiene al menos 21 años, puede solicitar a su cónyuge e hijos. Segundo, tener una visa U es beneficioso porque le da a usted y a los familiares a los que solicita la autorización para trabajar en los EE. UU. Si se lo coloca en la lista de espera debido al límite de 10,000 visas por año, podrá solicitar su autorización de trabajo mientras espera que su visa esté disponible. La tercera razón por la cual una visa U es una opción que vale la pena considerar es que después de que tenga su visa U durante al menos tres años, puede ser elegible para solicitar la residencia permanente.

Comuníquese con nuestra oficina si ha sido víctima de un delito y desea saber si califica para la visa U. Si califica, nuestros abogados trabajarán con usted para preparar la solicitud y demostrarle al gobierno de los Estados Unidos que usted merece una visa U.

Detención sin audiencia de fianza

Una decisión reciente del Tribunal Supremo de los EE.UU. hace que sea más fácil para el gobierno federal arrestar y detener sin fianza a los no ciudadanos que hayan sido condenados por ciertos delitos.

El estatuto que fue el centro de la decisión del Tribunal Supremo en Nielsen v. Preap es la Sección 236 (c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, 8 U.S.C. Sección 1226 (c). El estatuto establece que el gobierno federal «tomará en custodia» a un no ciudadano que haya sido condenado por ciertos delitos «cuando … sea liberado».

Muchos tribunales federales por varias partes del país, incluido el tribunal del distrito federal en Detroit, interpretaron el lenguaje de «cuándo … sea liberado» para indicar que los funcionarios de EE.UU. tenían que arrestar y detener a un no ciudadano cuando él o ella es liberado de la custodia como resultado de la condena penal, o al menos poco tiempo después de su liberación de la custodia penal. Si hubo una brecha significativa en el tiempo entre la liberación del no ciudadano de la custodia criminal y el arresto del gobierno federal del no ciudadano, muchos tribunales federales ordenaron al gobierno federal liberar al no ciudadano, debido a que el gobierno no arrestó ni detuvo al ciudadano «Cuando … sea liberado».

Pero el Tribunal Supremo de los EE.UU., mediante una decisión de 5 a 4, concluyó que el gobierno federal puede arrestar y detener a un no ciudadano en esta situación en cualquier momento, incluso años o incluso décadas después de la liberación de la custodia penal.

En desacuerdo, el juez Breyer, junto con los jueces Ginsburg, Sotomayor y Kagan, escribió que el Congreso «no tenía la intención de permitir que el gobierno detuviera a personas años después de su liberación de la prisión y los mantuviera indefinidamente sin una audiencia de fianza».

Desgraciadamente, la decisión 5-4 del Tribunal Supremo allana el camino para que el gobierno federal detenga a ciertos no ciudadanos sin brindarles la posibilidad de una audiencia de fianza.

Tribunal de Apelaciones de Michigan determina que Padilla no es retroactivo

El Tribunal de Apelaciones de Michigan ha emitido una decisión que una nueva regla de procedimiento penal anunciada por la Corte Suprema de los EE.UU. no es retroactiva, y por lo tanto sólo se aplica a los casos actuales y futuras.

La Corte Suprema de los EE.UU., en Padilla v Kentucky, 130 S. Ct. 1473 (2010), dictaminó que un abogado de defensa criminal debe avisar a un acusado si una declaración de culpabilidad tendrá consecuencias adversas a la situación migratoria del acusado.

En el caso en Michigan, People of Michigan v. Isaac Alvarez Gomez, el acusado es un residente permanente que no refutó los cargos de posesión con la intención de distribuir marihuana. Cuatro años más tarde, el Departamento de Seguridad Nacional inició un proceso de deportación en contra del acusado.

Después de que la  Corte Suprema emitió la decisión de Padilla, el acusado en el caso de Michigan pidió que su declaración de no refutar y de su convicción de ser retirado, debido a que su abogado de defensa criminal no le informó de las consecuencias de inmigración de su declaración de culpabilidad.

El Tribunal de Apelaciones de Michigan determinó que Padilla no se aplica a las condenas que se produjeron antes de la decisión de Padilla el 31 de marzo de 2010.

Este caso y otros casos similares en Michigan podrían ser apelada ante el Tribunal Supremo de Michigan.

Los tribunales de todo el país están divididos sobre la cuestión de si Padilla es retroactiva – si la regla se aplica a las condenas dictadas con anterioridad a la decisión de Padilla.

Ver la decisión aquí: People of Michigan v. Isaac Alvarez Gomez

Fallo del BIA con respeto a una condena de drogas

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) recientemente emitió un fallo en relación con un residente permanente en el proceso de deportación que había sido condenado por posesión de marihuana con intención de distribuir bajo una ley estatal. A pesar de la convicción de la ley estatal era un delito menor, el gobierno de EE.UU. lo acusó de haber cometido una felonía agravada bajo la ley federal.

La cuestión en el caso es si el respondiente califica para una excepción federal de la determinación de felonía agravada si el delito era sobre una pequeña cantidad de marihuana sin remuneración o pago.

La BIA decidió que el respondiente debe demostrar que reúne los requisitos para la excepción, y que él puede presentar pruebas fuera de el registro de convicción para establecer que el delito era sobre una pequeña cantidad de marihuana y no era por pago. Ejemplos de tales pruebas podrían incluir informes de la policía e informes de laboratorio del crimen.

A pesar de la BIA no descartó específicamente en la cantidad de marihuana que califica como una «pequeña cantidad», indicó que 30 gramos o menos, en general, podría considerarse como una «guía útil para determinar si es una cantidad ‘pequeña’ «.

Acceder a la decisión aquí:  Matter of  Wilmer Rodrigo Castro Rodríguez, Respondent