Algunas reflexiones sobre el asilo afirmativa, Parte 2

Esta es la segunda publicación sobre el proceso de «asilo afirmativa».

Por favor, haga clic aquí para leer la Parte 1.

Al igual que con todas las solicitudes de asilo, el objetivo del solicitante es demostrar que él o ella tiene un temor bien fundado de ser perseguido en su país de origen por el gobierno o por personas o grupos que el gobierno no puede o no quiere controlar. Además, el solicitante debe demostrar que la persecución (o temor a la persecución) se debe a al menos una de las siguientes cinco razones: (1) la raza del solicitante, (2) la religión, (3) nacionalidad, (4) la opinión política o (5) la pertenencia a un determinado grupo social.

Otro requisito importante es que el solicitante presente la solicitud de asilo dentro de un año de la entrada más reciente del solicitante a los Estados Unidos. Si el solicitante presente la solicitud más de un año después de la entrada más reciente, el solicitante tendrá que demostrar que no eran o circunstancias excepcionales o de cambio de circunstancias que dieron lugar a la demora en la presentación.

Volver a los cinco motivos de persecución, vamos a hablar de «pertenencia a un determinado grupo social» (en adelante, «PSG» por sus siglos en inglés). Esto no quiere decir que un solicitante necesita ser miembro de un club oficial, o una sociedad, o una organización. Esto significa que el solicitante deberá indicar que él o ella es perseguida debido a algunas características particulares que él o ella tiene. Por ejemplo, una mujer que huye de la violencia doméstica en su casa, y que es de un país en el que las mujeres no tienen protecciones reales del gobierno contra la violencia doméstica, podría estar en una PSG de «mujeres de país X que son vistos como propiedad debido a su papel en una relación doméstica «.

Después de la larga espera para una entrevista en una oficina de asilo de USCIS, y luego en algún momento después de la entrevista, el USCIS emitirá una decisión sobre la solicitud. Si USCIS aprueba la solicitud, el solicitante es un «asilado», y un año después de la decisión del USCIS, el asilado puede solicitar la condición de residente permanente (tarjeta verde).

Si, en el momento de la decisión de USCIS, el solicitante se encuentra en un estado migratorio legal, entonces si USCIS no aprueba la solicitud, simplemente van a emitir una negación. El solicitante se mantendrá en su estado migratorio legal. Por otro lado, si el solicitante no se encuentra en un estado migratorio legal, el solicitante tendrá que aparecer más tarde en la Corte de Inmigración, donde un juez de inmigración tendrá una nueva mirada a la solicitud de asilo.

Las leyes sobre el asilo son extremadamente complejas. Si está considerando la solicitud de asilo, se debe trabajar con un abogado de inmigración que tiene experiencia.

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